SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0239/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0239/2012

Fecha: 24-May-2012

II.4.

II.4.  El 11 de mayo de 2006, el Administrador del fundo rustico “29 de junio”,  denunció ante el Fiscal de Materia de la provincia Guarayos, los avasallamientos constantes efectuados por los ahora demandados; autoridad que se constituyó en el fundo rustico y elevó un informe de inspección ocular de los hechos denunciados, mediante el cual señala que se pudo evidenciar los conflictos existentes entre los loteadores y el accionante, por lo cual, consideró que las autoridades de la Prefectura y del INRA, debían intervenir en la solución antes de que se produzca algún enfrentamiento entre las partes y los demandados (fs. 18 a 24).