Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0263/2012
Fecha: 31-May-2012
II.2.
II.2. Según el informe remitido por el Fiscal demandado, el mandamiento de aprehensión fue librado el 24 de enero de 20112, y recién el 25 de ese mes y año, a horas 11:00, se le notificó con la recusación. Agregó que, el accionante está sometido a medidas cautelares, con la obligación de presentarse a simple requerimiento de la autoridad.