Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0091/2012-RCA
Fecha: 25-Jun-2012
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante estima vulnerados los derechos contemplados en los arts. 115.I y II, 117.I y 180.I de la Constitución Política de Estado Plurinacional (CPEP); art. 7, 8 y 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los art. 8 y 14 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- rechazo in limine
- Fragmento 6
- inmediatez
- en el plazo máximo de seis meses
- El análisis formal previo a la admisión del recurso de amparo constitucional, no debe ser aislado, sino integral
- Auto de Vista 94/2010 de 3 enero
- 1.
- APROBAR