AUTO CONSTITUCIONAL 0583/2012-CA
Fecha: 01-Jun-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, resuelve APROBAR la Resolución de 6 de junio de 2011, cursante a fs. 81 y vta., pronunciada por el Juez de Trabajo y Seguridad Social Cuarto de la ciudad de La Paz; y, en consecuencia RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, interpuesta por Pedro Domingo Larrea Murillo y Angela del Pilar Castellón Gorena, en representación legal de Cristina Arámbulo Ortega, Ivan Molina Velásquez, María Luisa Parra Arce, Felicidad Rocha de Loza, María Marcia Miriam Aguirre Medinacelly, Arturo Von Vacano Sánchez de Lozada y Nelson Ramiro López Velasco.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- por una sola vez
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR