AUTO CONSTITUCIONAL 0585/2012-CA
Fecha: 01-Jun-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Dentro del procedimiento de suspensión temporal del cargo de Alcalde del Gobierno Municipal Autónomo de San Pablo de Huacareta, el incidentista hoy -accionante- mediante memorial presentado el 28 de abril de 2011, cursante de fs. 4 a 5 vta., solicitó al Concejo Municipal del referido Municipio, promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, cuestionando la constitucionalidad de los arts. 144 y 145 de la LMAD, por considerar que transgreden el derecho a la presunción de inocencia contenido en el art. 116.I y 117.I de la CPE.
Afirma que, como efecto de la presentación de una acusación en su contra, sin ningún tipo de proceso previo, procuran imponerle una sanción, cual es la suspensión de su cargo como Alcalde del municipio de San Pablo de Huacareta, circunstancia que más allá de ser ilegal constituye una afrenta al orden constitucional citado, en virtud a que nadie puede sufrir una sanción, cualquiera sea esta, judicial, administrativa, etc., sin antes haber sido oído y juzgado debidamente.
Indica que, la potestad de presentar una acusación por parte del Ministerio Público, conforme prevé el art. “325” del Código de Procedimiento Penal (CPP), es una facultad discrecional, que no puede desconocer la voluntad popular expresada en la elección de una autoridad electa, por lo que no corresponde su suspensión, más aún cuando dicha acusación no contiene los requisitos básicos establecidos por el ordenamiento jurídico y sobre el cual el Juez cautelar no se ha pronunciado hasta el presente.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- Fragmento 6
- debe existir un proceso administrativo o judicial instaurado dentro del que se pueda promover la acción
- II.4. Análisis del caso concreto
- careciendo en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique su consideración en el fondo
- APROBAR