Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2012
Fecha: 04-Jun-2012
II.3.
II.3. El 6 de marzo de 2011, por Resolución 82/2012 de 6 de marzo, emitida por la Jueza demandada en suplencia legal del Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, ordenó la notificación de la Fiscal de Distrito y la Fiscal asignada al caso, para que en el plazo de cinco días a partir de su notificación, den cumplimiento a los arts. 134 y 323 del CPP, bajo alternativa de declarar extinguida la acción penal en la etapa preparatoria (fs. 18).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- III.1.3. Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad
- III.2. De la extinción de la acción penal en la etapa preparatoria
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR