SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0379/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.2.
II.2. Por el requerimiento fiscal de 16 de marzo de 2012, el Fiscal de turno, en mérito a la intervención policial preventiva, al no existir ninguna formalización de denuncia y por tratarse del delito de uso de instrumento falsificado requirió: a) Se proceda a la apertura de denuncia contra Juan Diego Vilela Robles -persona que figura en la fotocopia del memorial presentado por la accionante en las oficinas de DD.RR.-; b) Por ventanilla se designe a un Director Funcional a la investigación; c) La verificación domiciliaria y recepción de la declaración en la vía informativa de la involucrada; y d) La suspensión del arresto de la accionante, previa coordinación con el asignado y la suscripción del acta de presentación para día hábil (fs. 3 vta.).