SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2012
Fecha: 22-Jun-2012
i)
Asimismo, en audiencia la autoridad codemandada, Raúl Cuevas Alarcón, en suplencia legal del Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal, manifestó: i) En el referido proceso penal, Remigio Cortez Barradas ha sido imputado por la comisión de los delitos de lesiones, coacción, amenazas y allanamiento de domicilio; existiendo concurso real de delitos; ii) Si bien las penas para los delitos por los cuales, éste fue imputado, no exceden los dos años, tomando en cuenta lo dispuesto por el art. 45 del CP en cuanto al concurso real de delitos, la pena para el allanamiento de domicilio será de tres años; y, iii) Solicita se deniegue la tutela, toda vez que la parte ahora accionante interpuso recurso de apelación contra el Auto de aplicación de medidas cautelares, por lo que la situación jurídica del imputado, será determinada por el Tribunal de apelación.