SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2012

Fecha: 22-Jun-2012

1)

La parte demandada, mediante su abogado en audiencia manifestó: 1) La Resolución Ministerial (RM) 868/2010, en la que ellos se amparan en su art. 5 indica: “…Que todos los trabajadores de instituciones publicas regia la Ley General del trabajo deben prever primero las acciones administrativas correspondientes”, en este caso la Ley de Procedimiento Administrativo, como puede constar en obrados no se realizó ningún tipo de procedimiento administrativo previo, simplemente acudió a la Dirección de Trabajo, siendo que la misma ordena en su art. 5 de su Resolución, que debían hacer uso de ese procedimiento; y, 2) Que, no se ha cumplido con el principio de subsidiariedad establecida en la SC 2028/2010-R, Resolución que de acuerdo a la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP) es de cumplimiento obligatorio vinculante a nivel nacional.