SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2012

Fecha: 22-Jun-2012

Ahora bien se denota que la accionante acudió directamente ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social solicitando su reincorporación invocando el art. 10 II del DS 28699 de 1 de mayo de 2006; sin embargo, dicha normativa es sólo aplicable para trabajadores que no sean funcionarios públicos, (salvo aquellos que expresamente se encuentran bajo la Ley General del Trabajo), toda vez que existe norma especial para los cuales se rigen procedimientos para estos mismos.

Ahora bien se denota que la accionante acudió directamente ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social solicitando su reincorporación invocando el art. 10 II del DS 28699 de 1 de mayo de 2006; sin embargo, dicha normativa es sólo aplicable para trabajadores que no sean funcionarios públicos, (salvo aquellos que expresamente se encuentran bajo la Ley General del Trabajo), toda vez que existe norma especial para los cuales se rigen procedimientos para estos mismos.

Retomando el tema, se evidencia que la accionada, destituyo a la accionante sin fundamento jurídico, y sin atribuciones que le sean conferidas por norma, de igual manera al ser la accionante funcionaria publica, se evidencia que fue alejada de su fuente laboral sin proceso alguno, vulnerando su derecho al debido proceso y por consiguiente al trabajo, aspecto que confiere la procedencia de la tutela solicitada.