SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2012

Fecha: 22-Jun-2012

Por otra parte, hay que destacar que la demandada despidió a la accionante bajo la conformidad de los arts. 16 inc. e) de la LGT y 9 inc. e) de su Decreto Reglamentario; sin embargo, al ser una institución publica y tratándose de funcionarios públicos, no pueden ser despedidos bajo dicha normativa, sino bajo los preceptos de la Ley 1178, y del Estatuto del funcionario Público, entre otros.

Por otra parte, hay que destacar que la demandada despidió a la accionante bajo la conformidad de los arts. 16 inc. e) de la LGT y 9 inc. e) de su Decreto Reglamentario; sin embargo, al ser una institución publica y tratándose de funcionarios públicos, no pueden ser despedidos bajo dicha normativa, sino bajo los preceptos de la Ley 1178, y del Estatuto del funcionario Público, entre otros.