Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0440/2012
Fecha: 22-Jun-2012
III.4. Análisis del caso concreto
Del proceso se colige, que evidentemente existe contratos de arrendamiento de dos locales en la Terminal Bimodal de Santa Cruz, suscritos el 22 de abril de 2009, por los ahora accionantes y los anteriores interventores, por un lapso de dos años, cumplido el mismo la actual administración con su nuevo Interventor mediante cartas notariadas solicitó la desocupación de los mismos, a ese afecto los accionantes indicaron que se aplica la tácita reconducción de los contratos al cumplir con sus obligaciones del pago de alquileres mensuales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concediendo
- 1)
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La acción de amparo constitucional y la excepción al carácter subsidiario
- III.3. Los servicios básicos, derechos fundamentales
- III.4. Análisis del caso concreto
- tenían la vía ordinaria para conseguir el desalojo
- APROBAR