AUTO CONSTITUCIONAL 0100/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0100/2012-RCA

Fecha: 09-Jul-2012

in limine

La Sala Social, Administrativa y Tributaria del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 11 de junio de 212, cursante a fs. 67 y 68, rechazó in limine la acción de amparo constitucional, con los siguientes argumentos: a) Que el amparo constitucional tiene como condición la inmediatez, entendiéndose, quien accione la conculcación de sus derechos constitucionales, debe interponerlo en un plazo de seis meses; b) Los accionantes, ante la sentencia 3442/2008 de 8 de enero, interpusieron apelación y el recurso de casación exteriorizado, por Auto Supremo 116/2011 de 26 de febrero, notificados el 24 de mayo de ese año; asimismo, el Auto Supremo 417/2011 de 4 de noviembre, dispone la notificación al FONDESIF, siendo diligenciado el mismo a los actores el 23 de ese mes y año; y c) Habiendo sido notificados con el AS 116/2011 y efectuando la acción tutelar el 4 de junio de 2012, trascurrieron más de seis meses conforme lo señala el 74.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTC).