AUTO CONSTITUCIONAL 0111/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0111/2012-RCA

Fecha: 20-Jul-2012

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

La accionante, considera vulnerado su derecho a la inamovilidad laboral establecido en el art. 48.VI de la CPE, al haber sido despedida de su fuente de trabajo cuando su hijo tenía 45 días de nacido. Sin embargo, al haber sido declarada IMPROCEDENTE IN LIMINE la acción de amparo constitucional, corresponde, que la Comisión de Admisión, en revisión dilucide si tal declaratoria de improcedencia se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional.