AUTO CONSTITUCIONAL 0112/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0112/2012-RCA

Fecha: 31-Jul-2012

a)

Solicita se conceda la tutela a los derechos fundamentales lesionados, dejándose sin efecto el registro del Sistema de Contratación Estatal (SICOES) y se determine que: a) La Cámara de Diputados, para cumplir con la normativa señalada por los “arts. 43.j) y 49.d) de las NB-SABS”, previamente debe sustanciar el proceso legal correspondiente en el que mediante sentencia ejecutoriada pasada en autoridad de cosa juzgada, se declare la resolución del contrato; b) La Cámara de Diputados    dé respuesta escrita y fundamentada a las peticiones de 2 de febrero, 26 de marzo, 12 de abril y 10 de mayo todos de 2012, imponiéndose sanción de costas y multa contra las autoridades demandadas; y, c) Se tenga por cumplidas todas las formalidades requeridas por el art. 77 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); disponiéndose la notificación de las autoridades y ex autoridades demandadas y se señale audiencia para resolver la presente acción en los términos y forma que      se pide.