Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0114/2012 -RCA
Fecha: 31-Jul-2012
rechazó in limine
Por Resolución 20/2012 de 29 de junio, cursante de fs. de 119 a 120 vta, la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, rechazó in limine la acción de amparo constitucional por incumplir las previsiones estipuladas por el art. 77. 3, 4 y 6 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP); por lo que, se hizo inviable la admisión de la presente acción.
Notificada la accionante el 4 de julio de 2012 con la Resolución de rechazo de la acción de amparo constitucional, presentó memorial de impugnación a los tres días hábiles siguientes; es decir, el 9 de julio de 2012 (fs. 123 a 124 vta.), dentro del plazo establecido en AC 107/2006-RCA de 7 de abril.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- I.3. Petitorio
- rechazó in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 7
- II.2. Causales de rechazo de la acción de amparo constitucional
- “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la Ley
- APROBAR