AUTO CONSTITUCIONAL 0635/2012-CA
Fecha: 06-Jul-2012
Fragmento 2
Por memorial presentado el 27 de junio de 2012, cursante de fs. 97 a 106 vta., el recurrente interpuso recurso directo de nulidad en contra de Julio César Beyer Pacheco, Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Productivo y Económica Plural con sede en la ciudad de La Paz, en cuya exposición resumida manifiesta que por Resolución Ministerial 050/2011 de 4 de abril, fue designado Director General Ejecutivo del Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (SENAPI). Manifiesta que fue sometido a un proceso sumario administrativo el mismo que fue sustanciado al margen de la normativa legal vigente vulnerando sus derechos constitucionales a ser juzgado por una autoridad competente, habiendo sido notificado el 6 de octubre de 2011, con el Auto Inicial de Proceso Administrativo MDPyEP/DGAJ/JCBP/Nº 01/2011 de 5 de octubre. Por el que se inicia el proceso administrativo por contravención a la Ley 2027 de 27 de octubre de 1997 y de su Decreto Reglamentario 25749 de 20 de abril de 2000 y del Reglamento Interno de Personal del SENAPI, determinando como primera medida el cambio temporal de sus funciones previsto en el Decreto Supremo (DS) 29820 de 19 de septiembre de 2007 y se fijó día y hora de audiencia para la declaración informativa ante la autoridad sumariante para el 14 de octubre de 2011, a horas 10:30 a.m., disponiendo esté acompañado de un Abogado Defensor, y se abre un término de prueba de 10 días hábiles.