AUTO CONSTITUCIONAL 0636/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0636/2012-CA

Fecha: 10-Jul-2012

Fragmento 9

De los antecedentes presentados se evidencia que dentro del incidente formulado, se demanda la inconstitucionalidad del art. 161 del CPC, sin señalar la norma constitucional supuestamente infringida, menos realizar la fundamentación de la inconstitucionalidad; es decir, que no expresa los motivos por los cuales se considera que el precepto legal contradice el texto constitucional, de manera que no se aprecia duda razonable alguna; tampoco se refiere a la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso, incumpliendo manifiestamente lo determinado por el art. 60.2 y 3 de la LTC, que advierte los requisitos de contenido del recurso, constituyéndose éstos como elementos esenciales para su admisión, pues la omisión de esta exigencia ocasiona en primer término el rechazo del mismo.