Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0647/2012-CA
Fecha: 10-Jul-2012
I.2. Respuesta a la acción
Se corrió en traslado por providencia de 1 de agosto de 2011, cursante a fs. 10; Herlan Vadillo Pinto, representante legal del Banco Mercantil Santa Cruz S.A. sucursal Santa Cruz, por memorial presentado el 21 de septiembre del mismo año antes referido, a (fs. 12 y vta.), respondió manifestando que la recurrente con el propósito de dilatar la ejecución de sentencia, interpuso el presente recurso de inconstitucionalidad, arguyendo falsamente la infracción a la Constitución, sin mencionar ningún artículo que se hubiere infringido, pidiendo el rechazo del recurso, por haber sido presentado en ejecución de sentencia.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Procedencia del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- 3. La fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso
- II.5. Análisis del caso concreto
- no corresponde la impugnación de una resolución judicial por la vía del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad,
- APROBAR