AUTO CONSTITUCIONAL 0673/2012-CA
Fecha: 25-Jul-2012
rechazó
Por RA 29-00006-12 de 28 de junio de 2012, cursante de fs. 196 a 205, el Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego-AJ, rechazó el incidente de inconstitucionalidad, con los siguientes fundamentos: a) El espíritu del art. 14.IV de la CPE, no vincula ni se aplica en lo impetrado por el accionante, debido a que todas las actuaciones de la Autoridad del Juego, se realizaron en apego a las disposiciones legales, reconociendo el ejercicio pleno de los derechos ciudadanos; y, b) La acción carece de forma y contenido, ya que no establece la norma o normas cuya constitucionalidad se cuestiona, no se dan los fundamentos de derecho señalando con precisión las normas de la Constitución que se consideran infringidas o con las que exige incompatibilidad de la disposición legal impugnada, por lo que no se dio cumplimiento al art. 110 de la LTCP.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.2.
- II.3. Requisitos de admisibilidad
- II.4. Análisis del incidente de inconstitucionalidad
- 1)
- existencia de una duda razonable y fundada sobre la constitucionalidad de la disposición legal aplicable al caso concreto
- legal aplicable al caso y de cuya validez dependa el fallo