Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0685/2012-CA
Fecha: 31-Jul-2012
I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
Mediante decreto de 5 de junio de 2012, cursante a fs. 14, se dispuso la suspensión de plazo para que el Sumariante de la ABT, remita a este Tribunal todos los antecedentes del presente recurso de inconstitucionalidad, notificándose a dicha autoridad el 18 de junio de 2012, remitiendo la documentación solicitada el 2 de julio del mismo año, por lo que se reanudó el plazo para la emisión de la presente Resolución el 18 del mencionado mes y año. En consecuencia, la presente Resolución es pronunciada dentro de plazo.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- 3. La fundamentación de la inconstitucionalidad y
- La omisión de estos requisitos ocasiona en primer término, el rechazo del recurso por la autoridad que conoce la causa principal
- Fragmento 9
- II.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR EL RECHAZO