Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0685/2012-CA
Fecha: 31-Jul-2012
II.5. Análisis del caso concreto
De lo precedentemente expuesto, se concluye que la parte recurrente incumplió con el requisito previsto por el art. 60.3 de la LTC, por consiguiente, en el caso de análisis, el incidente carece de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo de la problemática planteada.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- 3. La fundamentación de la inconstitucionalidad y
- La omisión de estos requisitos ocasiona en primer término, el rechazo del recurso por la autoridad que conoce la causa principal
- Fragmento 9
- II.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR EL RECHAZO