demandando la inconstitucionalidad formal de toda la Ordenanza Municipal (OM) 202/2011 de 23 diciembre, mas sus anexos, por lesionar lo establecido por los art. 272, 283, 302.I.3, 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); y la inconstituci
Fecha: 20-Jul-2012
Partes:
Partes: Lidia García Cazón, Patricio Sánchez Gómez, Justino Vásquez Molina, Bruno Cruz Chavarría, Hilarión Torrez Aiza, Benito Ramos Barea, Ruven Fuentes Correa, Francisco Méndez Mamani, e Hilda Gladys Colque Laura; en representación de la Asociación Gremial de Comerciantes Minoristas “24 de junio” de San Julián; demandando la inconstitucionalidad formal de toda la Ordenanza Municipal (OM) 202/2011 de 23 diciembre, mas sus anexos, por lesionar lo establecido por los art. 272, 283, 302.I.3, 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); y la inconstitucionalidad material de los arts. 1, 2, 3, 9 inc.1), 13, 21, 22, 23 y 26 de la OM 202/2011, por vulnerar los arts. 108.7, 232, 272, 283, 302.I.20, 323.I y 410.II.3 de la CPE.