SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0498/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0498/2012

Fecha: 06-Jul-2012

de ventaja como propietario del inmueble, ha cometido actos de abuso de poder al proceder al cierre arbitrario de los ambientes de la empresa, impidiendo el ejercicio de la actividad económica del accionante, vulnerando así su derecho al trabajo, colocándolo en un estado de indefensión y desigualdad, considerándose además, que no está permitido a ningún propietario de inmueble, en su condición de locador o arrendador, ignorar las vías legales para lograr la desocupación del inmueble, siendo claro sobre el particular el art. 1282.I del Código Civil (CC), cuyo texto pertinente establece que: 'Nadie puede hacerse justicia por sí mismo…'"

La SC 0355/2010-R de 22 de junio en el desarrollo del caso concreto advirtió la vulneración al debido proceso en medidas de hecho, manifestando lo siguiente: “En el caso presente, la referida tutela, se hace viable como protección inmediata, no obstante la existencia de medios legales al alcance de las partes para solucionar el conflicto, al evidenciarse que entre las partes en conflicto, no existe igualdad, pues el demandado, aprovechando su situación de ventaja como propietario del inmueble, ha cometido actos de abuso de poder al proceder al cierre arbitrario de los ambientes de la empresa, impidiendo el ejercicio de la actividad económica del accionante, vulnerando así su derecho al trabajo, colocándolo en un estado de indefensión y desigualdad, considerándose además, que no está permitido a ningún propietario de inmueble, en su condición de locador o arrendador, ignorar las vías legales para lograr la desocupación del inmueble, siendo claro sobre el particular el art. 1282.I del Código Civil (CC), cuyo texto pertinente establece que: 'Nadie puede hacerse justicia por sí mismo…'" (las negrillas son nuestras).