SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0554/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0554/2012

Fecha: 20-Jul-2012

concedió

Mediante Sentencia 12/2012 de 4 de mayo, cursante de fs. 37 a  38 vta., el Juez Segundo de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, concedió la tutela; y en consecuencia, anuló el Auto de Vista de 16 de abril de 2012, ordenando además que la Sala Penal Segunda, emita uno nuevo, observando y respondiendo a todos los agravios planteados por la defensa del imputado hoy accionante, con los siguientes fundamentos: 1) La Sala Penal Segunda al dictar el Auto de Vista de 16 de abril de 2012, que confirmó el fallo de la detención preventiva como medida cautelar personal, ha lesionado el derecho al debido proceso en su componente del derecho a una resolución motivada, que responda a todos los agravios planteados por el ahora representado; así también, ha vulnerado la tutela judicial efectiva, integrante también del debido proceso, que significa dar respuesta positiva o negativa fundada en derecho a todos los cuestionamientos planteados por la defensa en la apelación; 2) Los Vocales demandados, no se han pronunciado sobre el agravio referido a que no debieron ser incorporados al proceso el informe policial proporcionado por los informantes, porque no fueron interrogados como testigos tal cual lo establece el art. 202 del CPP; 3) Otro aspecto que no mereció contestación, fue el cuestionamiento de que el Fiscal no fundamentó la orden de aprehensión conforme al art. 226 del CPP, no solo con la probabilidad de autoría, sino con los riesgos procesales; y, 4) Tampoco consideraron el Auto de Vista dictado por la Sala Penal Primera, que en este mismo caso, que se investiga a otro coimputado que presentó apelación incidental contra la resolución de su detención preventiva, la anuló porque la aprehensión fue ilegal.