SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0561/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0561/2012

Fecha: 20-Jul-2012

III.3.   Análisis del caso concreto

autoridad jurisdiccional ya había asumido conocimiento de la imputación en contra del accionante, razón por la cual acudió a la vía constitucional en resguardo de su derecho; no obstante, antes de que se realizara la audiencia de la acción de libertad, éste mediante memorial retiró la acción interpuesta al haber recuperado su libertad; sin embargo, de acuerdo a lo establecido por la SCP 0103/2012 dicho retiro solamente procederá hasta antes del señalamiento de día y hora de la audiencia.

Ahora bien, la problemática planteada se acomoda al entendimiento asumido en la ya citada SC 0080/2010-R, puesto que conforme a lo señalado por el accionante, el Juez cautelar ya tenía conocimiento de la imputación; en tal sentido, el supuesto acto ilegal debió ser denunciado ante el juez cautelar, pues dicha autoridad quien conforme a lo establecido por el art. 54 inc. 1) del CPP, tiene a su cargo el control de la investigación y quien con plenitud de jurisdicción y competencia puede conocer, compulsar y resolver toda situación que importe vulneración de los derechos del imputado en esta fase del proceso penal. Por tales circunstancias, el accionante no podía acudir directamente a la vía constitucional, situación que imposibilita el ingresar a analizar el fondo de la problemática planteada.