SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0576/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0576/2012

Fecha: 20-Jul-2012

denegó

Concluida la audiencia, los Jueces Técnicos del Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de Pando, constituidos en Tribunal de garantías, pronunciaron la Resolución de 4 de mayo de 2012, cursante de fs. 78 a 80, por la cual denegó la tutela solicitada, con los siguientes argumentos: a) Bajo ningún justificativo la jurisprudencia constitucional puede inferir en el criterio de jueces y vocales cuando se debe decidir sobre la culpabilidad o inocencia de la imputada o los defectos procesales que se invoquen; b) No se puede ingresar a examinar el fondo de la problemática por no ser de su competencia, porque la acción de libertad “tiene como función el resguardo del respeto a los derechos y garantías fundamentales, que en el caso de existir errores deben ser considerados por la justicia ordinaria”, mediante los recursos que establece la ley; y, c) La acción de libertad no puede ser usada para sustituir los defectos procesales anotados en la audiencia, “ya que no está ilegalmente perseguida y menos detenida…”.