Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2012
Fecha: 23-Jul-2012
II.2.
II.2. El Juez de Partido de la Niñez y Adolescencia -hoy codemandado-, mediante decreto de 31 de mayo de 2010 informa al Fiscal de Materia que, transcurrida la etapa preliminar tiene la obligación de imputar, rechazar la investigación o en su defecto disponer la complementación en un plazo prudencial (fs. 24).
- ,
- I.1.1
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.2. Sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad y la inaplicabilidad en caso de menores infractores
- III.3. Menores infractores y su responsabilidad
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegar
- APROBAR