Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0016/2012-RCA-SL
Fecha: 10-Ago-2012
I.3. Petitorio
La accionante solicita por su representada se declare “procedente” la acción de cumplimiento y consecuentemente se ordene a DD.RR. suprima el trámite identificado con documento 517319 del inmueble con matrícula 2010990117314; asimismo, se entregue el certificado alodial del referido inmueble y fotocopias legalizadas de la documentación (oficio y boleta de pago o comprobante de caja), que dio origen a la anotación preventiva de 1996, que en ese entonces era identificado con la partida 1129831 y se aplique lo establecido en los arts. 91, 9, 94 y 97 del DS 27957 y 110 y 113 de la CPE.
- acción de cumplimiento
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- a)
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Naturaleza jurídica y procedimiento aplicable en la tramitación de la acción de cumplimiento
- Fragmento 8
- II.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR