AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2012-RCA-SL

Fecha: 17-Ago-2012

Fragmento 8

El Tribunal de garantías, por Resolución 85 de 30 de noviembre de 2010, cursante a fs. 54 y vta., declaró la improcedencia in limine con el argumento que la acción fue presentada fuera del plazo de seis meses, cuando cursa en antecedentes fotostática simple a fs. 20, de la notificación con el acto aludido como vulneratorio a los derechos a su representado, donde se evidencia que fue notificado el 26 de mayo de 2010, documento que al no contener el requisito de idoneidad como es la presentación de original o fotostática legalizada debió el Tribunal de garantías otorgar el plazo establecido en el art. 98 de la LTC, para subsanar este defecto de forma y proceder al cómputo correspondiente.