Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0119/2012-RCA
Fecha: 01-Ago-2012
I.3. Petitorio
Solicita el inmediato cumplimiento del deber omitido; se le restituye a su puesto de carrera al cargo de profesional 1, abogado 1 del Departamento de Gestión Legal de la Gerencia Nacional Jurídica de la Aduana Nacional de Bolivia, devolviéndole los activos y bienes que le fueron entregados para el ejercicio de sus funciones, así como sus efectos personales, proceda con la cancelación de los viáticos que le corresponde a partir del 6 de febrero de 2012, hasta la fecha en la que efectivamente se encuentre ejerciendo su cargo de carrera administrativa.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia in limine
- Fragmento 4
- II.2. Procedimiento aplicable en la tramitación de la acción de cumplimiento
- II.3.
- la acción de cumplimiento no procede para exigir la realización de normas, y tampoco de resoluciones, dentro de los procesos judiciales,
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR