AUTO CONSTITUCIONAL 0722/2012-CA
Fecha: 30-Ago-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 3 de agosto de 2012, cursante de fs. 64 a 69, la accionante, dentro del proceso administrativo seguido ante la AJ, interpuso acción de inconstitucionalidad concreta, en cuya exposición resumida para la presente, manifiesta que la RS 10-00020-12 de 18 de julio de 2012 en la cláusula cuarta, dispuso que para interponer el recurso de revocatoria deberá pagar la sanción impuesta en la cuenta de la AJ del Banco Unión, caso contrario se dará por no presentado el recurso conforme a lo previsto por la RR 01-00012-11.
Sostiene que nace la duda razonable y fundada de constitucionalidad porque la AJ en la RR 01-00012-11 de 17 de octubre de 2011 y las conexas RR 01-00005-11 de 10 de junio de 2011, 01-00007-11 de 10 de junio de 2011 y 01-00011-11 de 11 de julio de 2011, pretende cobrar previamente las sanciones antes de ejercer el derecho a la impugnación mediante el recurso de revocatoria, vulnerando el derecho a la defensa, el debido proceso y gratuidad de la justicia contenidos en los 109.II y 115.II de la CPE.