SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0757/2012

Fecha: 13-Ago-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 9 de mayo de 2011, fue aprehendida sorpresivamente dentro de los actos investigativos que se realizan en el “caso FELCC Nº 550/2011 de 23 de enero”, por su supuesta participación en los delitos de falsedad y estafa, perpetrados contra “Yobana Marlene Veizán Pacheco”, sin que conste dentro de los actuados procesales, ampliación de denuncia, requerimiento fiscal fundamentado, declaratoria de rebeldía o que pesen sobre ella la imputación de otros cargos, conforme lo establecen los arts. 300 y 301.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

Agrega que, no se dieron los presupuestos de flagrancia, desobediencia de citación fiscal o declaración de rebeldía, ordenándose su detención preventiva en la audiencia de medidas cautelares, constituyendo dichos actos en abuso de autoridad e “incumplimiento de deberes” y resoluciones contrarias a la Ley.

Finalmente refiere que, reiteradamente solicitó se expida la providencia de señalamiento de audiencia de cesación a su detención preventiva, tal cual se acredita por el sello electrónico del sistema IANUS, petición que no fue atendida, vulnerándose de esta manera los arts. 130, 160 y 251 del CPP, incurriendo en retardación de justicia.