SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0761/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0761/2012

Fecha: 13-Ago-2012

I.2.1. Ampliación y ratificación de la acción

El abogado de la parte accionante, se ratificó en el contenido de su demanda y ampliando la misma manifestó que, sus clientes fueron acusados de falsificar la escritura pública 5/96, motivo por el cual, el demandado inició la investigación el 13 de diciembre de 2011; sin embargo, no obstante de haber transcurrido más de seis meses, la autoridad fiscal no ha dispuesto que se realicen estudios grafológicos que permitan determinar la falsedad o autenticidad del documento, el cual se encuentra debidamente registrado ante “notaria de fe pública” aunque “lamentablemente no existe en los archivos de la notaria que tiene actualmente” (sic), por lo que, ante la inexistencia del documento, la persecución de la que son objeto sus defendidos, es indebida.

Añade que, de acuerdo a la jurisprudencia contenida en la “SC 42/2000”, la persecución penal debe realizarse en base a documentación que demuestre fehacientemente la existencia de elementos suficientes respecto a la comisión de un delito; en tal sentido, el demandado al no aplicar el principio de objetividad mediante la revisión de la documentación referida a la presunta comisión de un hecho ilícito, vulnera derechos constitucionales, tratados y convenios internacionales, en base a los cuales, la autoridad demandada, debió rechazar la querella interpuesta contra los imputados.