SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0761/2012
Fecha: 13-Ago-2012
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Wenceslao Carlos Mariaca Carrasco, Fiscal de Materia, adscrito a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de la División Económicos y Financieros, en oportunidad de presentar informe oral en audiencia, manifestó que conforme a la documentación adjuntada a la querella presentada por Mario Mariscal Ticona Gutiérrez, se dispuso el inicio de investigaciones el 13 de diciembre de 2011, informándose al juez de control jurisdiccional.
Durante el proceso de indagaciones, se tomaron declaraciones a ambas partes y a los testigos ofrecidos por las mismas, habiendo recurrido ante la “notaria de fe pública” donde supuestamente se encontraba inscrita la escritura pública 5/1996, acusada de falsa; sin embargo, no cursa en los archivos de aquella dependencia registro alguno respecto a dicho documento, motivo por el cual aún no se ha ordenado el estudio pericial.
Finaliza señalando que, al no haber culminado la etapa investigativa y no habiéndose emitido contra los imputados mandamiento alguno, no puede aducirse vulneración a sus derechos, y que en todo caso, correspondía a los accionantes acudir ante el Juez de la causa en busca de protección, tal como establece el art. 279 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ampliación y ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- subsidiariedad
- III.2. De la tutela de la acción de libertad ante una supuesta persecución indebida e ilegal procesamiento
- La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana
- la protección que brinda el recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad utilizar las vías legales pertinentes
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR