SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2012

Fecha: 13-Ago-2012

1)

Ángel Álvarez Banegas, Fiscal de materia de Santa Cruz, ahora demandado, presente en audiencia, informó lo siguiente: 1) Por la gravedad de la denuncia, y en virtud a que el investigador le informó que el sindicado no podía ser encontrado, aspectos que le hacían presumir que estaría oculto maliciosamente, obstaculizando la averiguación de la verdad, libró la orden de aprehensión; 2) Las SSCC 1508/2002-R, 1493/2002-R y otras, facultan al Ministerio Público a disponer la aprehensión sin necesidad de citar formalmente cuando el delito que se atribuye a la persona denunciada, tiene un mínimo legal de dos años, conforme al art. 224 del CPP; 3) En base al informe evacuado por el investigador asignado al caso y al extracto de llamadas del actor, se emitió un requerimiento fundamentado, debido a la existencia de indicios de posible autoría y de responsabilidad penal; y porque se configuraría el peligro de fuga y obstaculización; 4) En ese orden, dispuso su aprehensión para ser conducido ante el Juez cautelar; 5) Luego el accionante interpuso un memorial de presentación espontánea, solicitando que se deje sin efecto el mandamiento de aprehensión; pedido que no pudo dar curso, conforme dispone el art. 228 del CPP, que cuando una persona está aprehendida, ni la policía ni el Ministerio Público pueden dejarlo en libertad; y, 6) Por lo que, policía ni su autoridad violentaron los derechos constitucionales del ahora accionante.