SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0772/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0772/2012

Fecha: 13-Ago-2012

1)

Las autoridades demandadas en su informe cursante de fs. 32 a 33, señalaron lo siguiente: 1) Existen dos procesos penales militares contra el accionante. El seguido por la presunta comisión del delito de falta de incorporación luego de licencia o comisión, tipificado en el art. 126 inc. 1) del Código Penal Militar (CPM), al no haber comparecido a estrados militares conforme disponen los arts. 224, 225 y 226 del Código de Procedimiento Penal Militar (CPPM), primero fue citado y emplazado a través de edicto militar publicado en la Gaceta Jurídica el 30 de marzo de 2012 y después fue declarado rebelde y contumaz de conformidad con los arts. 227 y 230 del CPPM, el 2 de mayo de 2012. Finalmente, al no apersonare a asumir defensa, se publicó el edicto respectivo en la Gaceta Jurídica el 18 de mes y año referido y se libró mandamiento de aprehensión el 4 del mismo mes y año, disponiendo que la Policía Militar del GADA 91 dependiente de la I-Brigada Aérea, Policía Judicial u otro agente dependiente de la Policía Boliviana, aprehendan al procesado y sea conducido ante el Fiscal Militar asignado al caso Edmundo Quiñones Sejas; 2) El procesado purgó rebeldía el 25 de mayo de 2012 y se corrió traslado al Fiscal Militar Edmundo Quiñones Sejas para su pronunciamiento; quien por requerimiento 046/12, recibido el 31 de mayo de 2012, refiere que el imputado asuma conocimiento del proceso en el estado en que se encuentre y en cuanto a su solicitud de dejar sin efecto el mandamiento de aprehensión, sea resuelto en audiencia, previo los trámites correspondientes; 3) Señalan que en ese orden, “…se está para programarse Audiencia Pública de Confesoria de acuerdo al Art. 234 del Código de Procedimiento Penal Militar”; y, 4) Subrayan que hasta el momento de la interposición de la acción de libertad el procesado no se presentó personalmente a los estrados judiciales militares, sino sólo, a través de memoriales patrocinados por su abogada Zuleika Lanza Zeballos.