SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0772/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0772/2012

Fecha: 13-Ago-2012

a)

El abogado del accionante, ratificó su demanda y ampliándola manifestó: a) La “purga de rebeldía” se produjo el 8 de mayo de 2012, y hasta la fecha de interposición de la acción de libertad no se dilucidó por el Tribunal permanente de Justicia Militar, habiéndosele negado la misma hasta tanto pague la boleta con los valores correspondientes, que finalmente pagó para no generar indefensión a su cliente adjuntando dicho comprobante por el valor de Bs 80.- (ochenta bolivianos), oportunidad en la que solicitó se deje sin efecto el mandamiento de aprehensión en su contra; b) Se realizaron un sin fin de operativos de la Policía Militar en la ciudad de Trinidad para aprehenderlo estando perseguido ilegalmente; c) Se aplica supletoriamente los arts. 89 y 91 del Código de Procedimiento Penal (CPP), respecto a la purga de rebeldía, toda vez que el Procedimiento Penal Militar tiene un vacío jurídico; y, d) En el momento en que se pretendió ejecutar el mandamiento hubo un allanamiento indebido de parte de las autoridades militares y peor aún cuando llegó a La Paz.