SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0784/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0784/2012

Fecha: 13-Ago-2012

III.2. La obligación del Juez de Instrucción en lo Penal de ejercer el control de la investigación en un proceso penal

Respecto a la existencia de medios de defensa idóneos, eficientes y oportunos, el art. 54 del Código de Procedimiento Penal, determina que la función del Juez de Instrucción es ejercer el control de la investigación, pudiendo el imputado exigir la defensa de sus derechos y garantías desde el primer momento del proceso, conforme lo establece el art. 5 del mismo cuerpo legal “El imputado podrá ejercer todos los derechos y garantías que la Constitución, las Convenciones y los Tratados internacionales vigentes y este Código le reconozcan, desde el primer acto del proceso hasta su finalización”.