SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2012

Fecha: 13-Ago-2012

denegando

La Sala Social, Administrativa y Tributaria del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, pronunció la Resolución 124/2012 de 23 de abril, cursante de fs. 83 a 86, denegando la acción de amparo constitucional formulada por María Luisa Martínez Calvo contra José Javier Nava Aragón, Gerente General de COTES Ltda., con los siguientes argumentos: 1) Los demás trabajadores que actualmente fungen como operadores 104 de COTES Ltda., no constituyen terceros interesados puesto que, en una eventual concesión de tutela no tendría que afectar la estabilidad laboral de los demás trabajadores; 2) En el hecho de recibir el memorándum de despido, no es necesario que el trabajador rechace o se resista a recibir las comunicaciones internas del empleador para restablecer sus derechos, al contrario, en ausencia de dicho documento, podría acreditarse la veracidad de la lesión denunciada; 3) No corresponde la improcedencia impetrada en el marco de la subsidiariedad, puesto que, la acción tutelar en relación a mujeres embarazadas prescinde de este requisito como una excepción a la regla, por cuanto el agotar los medios ordinarios representa para la gestante un perjuicio, que podría ser irreparable proveniente de una acción ilegal e indebida de la autoridad recurrida; no son suficientes los alegatos del demandado para denegar la tutela por la forma; 4) La entidad demandada acomodó sus actos dentro de las previsiones legales permitidas, por lo que, la ahora accionante, fue contratada para suplir las acefalias dejadas por Fanny Berdeja de Torres, Teresa Gorena Lora, Janette Ugarte Mercado, Lidia Ordoñez Duran, Verónica Escalante y María Villca, en razón a que las mismas en su condición de titulares del cargo “operador 104” se encontraban gozando de sus vacaciones lo que resulta coherente y racional.