Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0795/2012
Fecha: 20-Ago-2012
a)
Ponciano Ruiz Quispe, Vocal Sala Penal, mediante informe oral en audiencia de acción de libertad, manifestó: a) La presente acción de libertad no fundamenta en que sentido se vulneraron los derechos de la accionante, solo señala que se han limitado a valorar lo que hicieron los anteriores Vocales de Sala Civil en suplencia legal; y, b) No se está retardando la justicia, menos se vulneró ningún derecho, toda vez que el proceso sigue su curso, en consecuencia pide se deniegue la tutela solicitada por la accionante.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El derecho a la vida y a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- Fragmento 11
- III.1.3. Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad
- III.2. Sobre la valoración de la prueba en medidas cautelares
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR