SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2012
Fecha: 20-Ago-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante manifestó que la autoridad demandada lesionó los derechos y garantías al debido proceso, al ejercicio de un cargo electo, al trabajo y a una remuneración justa, por cuanto alega haber sido suspendido de su cargo de Alcalde, mediante una Resolución de Concejo Municipal, emitida en sesión ordinaria llevada a cabo un martes, cuando de acuerdo al Reglamento Interno las sesiones ordinarias deben ser llevadas a cabo los viernes y, mediante Resolución emitida en dicha sesión se determinó su suspensión. Correspondiendo analizar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos al derecho a la libertad del accionante, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.2. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional y el recurso de reconsideración en el ámbito municipal.
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR