Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0869/2012
Fecha: 20-Ago-2012
Fragmento 11
No obstante la naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional, a través de la jurisprudencia se ha determinado otorgar tutela constitucional, de manera excepcional cuando existen medidas de hecho; no obstante, se debe cumplir ciertos presupuestos para otorgar la tutela frente a medidas de hecho, así la SC 0148/2010-R de 17 de mayo, señaló:
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 11
- III.2.Las medidas de hecho como abstracción del principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR