SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0902/2012
Fecha: 22-Ago-2012
Fragmento 12
En el caso objeto de análisis, se tiene que la autoridad jurisdiccional de ese entonces,por Auto 164/2011 de 12 de junio, al considerar que concurrían los requisitos previstos en el art. 233 del CPP, dispuso la detención preventiva del imputado, transcurrida la etapa preparatoria, el 30 de mayo de 2012, la Autoridad Fiscal presentó ante el Juez Primero de Instrucción en lo Penal -ahora demandado- Resolución de sobreseimiento a favor del hoy accionante, por considerar que el imputado no participó en el hecho, razón por la cual, a pesar de haber solicitado y reiterado en tres oportunidades, el 30 de mayo y el 5 y el 12 de junio del indicado año, se expida el correspondiente mandamiento de libertad, la autoridad jurisdiccional no lo hizo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El sobreseimiento como acto conclusivo de la investigación
- III.2. Efectos del sobreseimiento
- III.3. Sobre la potestad del Juez Cautelar de librar mandamiento de libertad en los casos de sobreseimiento
- Fragmento 12
- III.4. Análisis en el caso concreto
- APROBAR