AUTO CONSTITUCIONAL 0060/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0060/2012-RCA-SL

Fecha: 17-Sep-2012

que la vía administrativa no fue agotada por el accionante

De lo anterior se colige que el accionante no agotó la vía administrativa; siendo que, de la lectura del memorándum A-150/2010, se advierte que el accionante se encuentra sujeto a la Ley 2027; por lo que tenía el derecho a impugnar las determinaciones referidas a su “ingreso promoción”, retiro o cambio, debiendo adecuar su accionar al DS 26319 de 15 de septiembre de 2001, que en su art. 33 prevé la interposición del recurso jerárquico ante la misma autoridad que resolvió el recurso de revocatoria, debiendo ser remitida a la ex Superintendencia de Servicio Civil ahora -Dirección General del Servicio Civil dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social-, entidad que tiene plena competencia para el conocimiento del recurso jerárquico, evidenciándose que la vía administrativa no fue agotada por el accionante.