AUTO CONSTITUCIONAL 0061/2012-RCA-SL
Fecha: 19-Sep-2012
acumulación
Por Resolución 30/2011 de 5 de mayo, cursante a fs. 146, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial ahora -Tribunal Departamental de Justicia de La Paz-, se dispuso la acumulación del expediente del presente cuaderno, al anterior existente en esa Sala y ya resuelto, sobrecartando el contenido de la Resolución 05/2011 de 25 de enero, pronunciada en esa anterior ocasión y con motivo de un primer amparo interpuesto por los accionantes; bajo los siguientes argumentos: a) Conforme se evidencia de la Resolución 05/2011 de 25 de enero, ese Tribunal de garantías, emitió la misma, declarando improcedente in limine, con los fundamentos ya expuesto en la referida Resolución; b) Al presente nuevamente es remitido otro cuaderno, que habría sido sorteado a la Sala Civil Primera, cuyos Vocales, mediante “Auto” dispusieron la remisión del mismo a la Sala Penal Tercera para los fines de ley; y, c) Que los fundamentos expuestos en el memorial de amparo constitucional ya resuelto por Resolución 05/2011 y los fundamentos de ésta acción son los mismos, existiendo además identidad de partes, de objeto y causa en relación con la anterior acción intentada y declarada improcedente in limine, por lo que corresponde que este expediente y proceso sea acumulado al anterior ya mencionado.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- acumulación
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- Fragmento 6
- II.2. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
- Fragmento 8
- causales de improcedencia
- II.4. Sobre la identidad de sujeto, objeto y causa
- II.5. Respecto a la motivación de las resoluciones
- II.6. Análisis del caso concreto
- POR TANTO