AUTO CONSTITUCIONAL 0151/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0151/2012-RCA

Fecha: 19-Sep-2012

II.2.  Análisis del caso concreto

         Tomando en cuenta el art. 54 del CPCo, los accionantes señalan que ocurrido el avasallamiento, se presentaron en su propiedad con la documentación que demuestra su derecho propietario, siendo recibidos por los avasalladores quienes los intimidaron y amenazaron con utilizar la violencia en caso de no retirarse, por lo que con la finalidad de constatar los hechos referidos el 27 de julio de 2012, se apersonaron al lugar en presencia de la Notaria de Fe Pública, quien dio fé del avasallamiento y la construcción que está realizando en su terreno.

  Conforme a lo referido, la presente acción constituye un caso de excepción al principio de subsidiaridad, toda vez que la restricción o supresión de su derecho propietario y la garantía a la propiedad privada, estipulada en el art. 56.II y 57 de la CPE, al efectivizarse las circunstancias de hecho como la destrucción y avasallamiento de su lote de terreno como bien jurídicamente protegido,  impidiendo que fuera utilizado como taller mecánico y garaje por la inquilina con la cual se firmó contrato de arrendamiento, y al hacerse efectivas las amenazas de los accionados que ocasionarían un perjuicio irremediable e irreparable, en cuya situación y de manera excepcional procede la tutela demandada.