AUTO CONSTITUCIONAL 0153/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0153/2012-RCA

Fecha: 24-Sep-2012

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El accionante señala que se vulneró su garantía al debido proceso, el derecho a la petición; sin embargo, al haberse declarado esta acción improcedente por el Tribunal de garantías, corresponde, que la Comisión de Admisión en revisión, dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional.