Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0760/2012-CA
Fecha: 14-Sep-2012
rechazó
A través de la Resolución 375/2009 de 26 de octubre, cursante de fs. 99 a 100 vta., el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de El Alto, rechazó la solicitud de promover el recurso incidental de inconstitucionalidad, con el argumento que la presentación del recurso es extemporánea toda vez que se habría emitido la Sentencia 393/06 de 15 de diciembre de 2006; y, su ejecutoria el 11 de febrero de 2009, en aplicación del art. 517 de Código de Procedimiento Civil (CPC) y 33 de la LAPCAF, por lo que el recurso no cumple el art. 61 de LTC.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Cumplimiento de requisitos de procedencia
- c) que la sentencia no se encuentre ejecutoriada
- art. 59 de la LTC
- antes de la ejecutoria de la sentencia”