AUTO CONSTITUCIONAL 0762/2012-CA
Fecha: 18-Sep-2012
I.1. Antecedentes
Por memorial de 5 de septiembre de 2012, cursante de fs. 61 a 67 vta., el recurrente señala que, el Ministerio Público y la Alcaldía Municipal de Potosí, iniciaron proceso penal en “Caso de Corte” en su contra y otros, en calidad de miembros del Concejo Municipal, por delitos contra la función pública y la economía nacional, proceso en el cual, la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de la misma ciudad, dictó Sentencia de 26 de abril de 2004, imponiéndosele la pena privativa de libertad de dos años de reclusión siendo incrementada a seis años, la que fue recurrida de casación y radicado ante la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, el 20 de agosto de 2010, siendo sorteado el expediente al Ministro, Teófilo Tarquino Mujica, cursando nota del Secretario de Cámara de Sala Plena, quien informó que el 10 de septiembre del mismo año, el Ministro Relator presento proyecto de resolución.
Dentro del trámite de casación se pronunció Auto Supremo 103/2011, en cuya parte resolutiva figura como primer relator el Ministro, Teófilo Tarquino Mujica, apareciendo como segundo Relator el Ministro, José Luis Baptista Morales, sin cursar en el expediente constancia original de un segundo sorteo ni su correspondiente sello, evidenciándose que el segundo relator actuó sin jurisdicción ni competencia.
Notificado con el Auto Supremo 103/2011, el recurrente presentó memorial de explicación y complementación el 5 de agosto de 2011, el cual no fue resuelto de forma inmediata, a pesar de que, los Ministros tenían conocimiento que la Corte Suprema de Justicia dejaría de existir el 31 de diciembre de ese año, una vez posesionadas las nuevas autoridades como Tribunal Supremo de Justicia, su Sala Plena dispuso mediante decreto de 6 de marzo de 2012, se convoque a los ex Ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, después de seis meses de haber cesado en sus funciones, quienes emitieron Auto Supremo, sin establecer cuáles sus atribuciones y facultades para emitir este pronunciamiento.